En todos los casos la autoridad a cargo del procedimiento deberá verificar en el Registro Nacional de Sanciones que el postulante no se encuentra inhabilitado o suspendido.
Vigencia: las licencias de conducir de Clase A – Categorías II-a; II-b, III-a, III-b y III-c tendrán una vigencia de tres (3)años. (Art. 18.2 del D.S N° 026-2016-MTC)